por Luis Alejandro Rizzi, desde Buenos Aires
Realmente es difícil creer que la Presidenta de la nación haya dado una orden de ese tipo, inmiscuyéndose en cuestiones menores, cuando el régimen legal vigente tiene un procedimiento que debería cumplirse al pie de la letra y en verdad –Antonio Mata Ramayo ya no está-- ya deberían haberse convocado varias audiencias públicas.
Por otra parte, el Administrador de la ANAC Alejandro Granados, debería, si ese rumor fuera cierto, explicarle a la Presidenta que no se puede impedir u ordenar que se suspendan sin fecha las convocatorias a audiencias públicas establecidas en el código aeronáutico.
Yo en su lugar lo hubiera hecho y creo que hubiera recibido una muestra de agradecimiento por verdadera lealtad.
Aclaro, como lo escribí más de una vez, el régimen de audiencia pública es obsoleto y debería ser derogado, pero mientras esté vigente hay que respetarlo sin que la Presidenta lo pueda impedir, cosa de la que obviamente dudo, ya que como me decía un amigo cuantas cosas se harán o no se harán invocando supuestas ordenes de la Presidenta, vaya uno a saber.
Sin embargo recurriendo al recurso de los vuelos “No regulares” se han adjudicado una serie de rutas, por ejemplo AEROPARQUE-SUNCHALES, provinciaia de Santa Fe, que en verdad son vuelos regulares, ya que como dice el art. 93 del Código Aeronáutico se realizan con sujeción a itinerario y horarios prefijados.
No habría estado ajena a esta “concesión” una supuesta presión por parte de empresas del grupo SANCOR.
Llama la atención que esos vuelos los haga MACAIR JET, empresa del grupo FRANCO MACRI, bajo el sello de “AEROCHACO”, además le han adjudicado otras rutas que también son realmente regulares.
Estos son los horarios de estos vuelos “NO REGULARES” en la ruta AEROPARQUE-SUNCHALES:
Lunes: Buenos Aires –Sunchales y viceversa. Aeroparque sale 7 y llega a Sunchales 8.10 Sunchales sale 9 y llega Aeroparque 10.10.
Martes: Buenos Aires – Sunchales: Aeroparque sale 19 y llega a Sunchales 20.10.
Miércoles: Sunchales – Buenos Aires: Sunchales sale 9 y llega a Aeroparque 10.10.
Jueves no presta servicios.
Viernes: Buenos Aires – Sunchales y viceversa: Aeroparque sale 17 y llega a Sunchales 18.10 – Sunchales sale 19 y llega Aeroparque 20.10)
Otra ruta que opera en las mismas condiciones de “NO REGULAR” es “CÓRDOBA-SANTIAGO DEL ESTERO”, los vuelos se realizan los días martes y jueves partiendo de origen (COR) a las 12.30.
La empresa SOL estaba haciendo los vuelos CORDOBA-MENDOZA.NEUQUEN-COMODORO RIVADAVIA y regreso como vuelos “REGULARES”, cuando en verdad eran “no Regulares”, fatalmente uno de ellos se accidentó.
ANDES realizó vuelos Regulares, como “NO REGULARES” los días 4 a 10 de mayo entre AEP-JUJ, aparentemente todos los vuelos programados en esa ruta, se autorizan como NO REGULARES.
Asimismo llama la atención que si la Presidenta hubiera bajado la orden de no convocar a audiencia pública, ello significaría que por el momento la autoridad política considera que no es necesario aumentar la oferta o crear nuevas rutas aéreas, por lo tanto si se están otorgando rutas bajo el recurso de conceder vuelos “NO REGULARES” se estaría incumpliendo la orden de la Presidenta.
El vuelo “NO REGULAR” es un vuelo circunstancial que se realiza para satisfacer picos excepcionales de demanda por ello no está sujeto a itinerario ni a horarios prefijados.
En cuanto un vuelo es publicitado con itinerario y horario fijo es un vuelo “REGULAR” y en ese supuesto estaría en falta la empresa que lo realiza y la autoridad de aplicación que lo tolera.
En el caso de los accidentes de LAPA y AUSTRAL (FRAY BENTOS” se avanzó en la responsabilidad hasta funcionarios públicos responsables por no haber controlado.
En el caso del accidente de SOL, se trató de un vuelo “NO REGULAR” publicitado y tolerado como “REGULAR”.
Alguna anomalía hay que supongo debería ser analizada por la propia ANAC e investigada por el Juez que tiene a su cargo la cuestión.
Respecto al accidente de SOL quiero despejar otras cuestiones que califico de miserables.
Se denuncia que la empresa no respetaba los tiempos de servicio de su personal, sin advertir que es el propio personal el que debe velar y cumplir con la norma. Si uno o más tripulantes volaron excedidos la responsabilidad y la culpa es del tripulante.
Es casi imposible para la ANAC controlar si las líneas aéreas respetan la 671 (Resolución que regula los tiempos de servicio) al pie de la letra, solo podría hacer por muestreo.
Por eso el comandante de cada vuelo tiene, entre otras, la obligación de controlar antes de iniciarlo si el personal de tripulantes está en condiciones reglamentarias de volar. El código aeronáutico le da la potestad para suspender el vuelo.
Realmente estas denuncias, se hacen y volvemos al principio de la nota para que el Estado no permita el transporte aéreo privado y para demostrar que solo el Estado es un prestador de servicios ejemplar, cuando la misma ANAC tolera y admite que vuelos regulares se autoricen anómalamente como “NO REGULARES”.
Todos reclaman por la conectividad aérea, dejémonos de hipocresías, la autoridad deberá convocar a audiencia pública y de ese modo daremos el puntapié inicial para tener un verdadero transporte aéreo privado y estatal y el Secretario de Transporte y el Administrador de la ANAC podrán dar un paso muy esperado en el sector.
Además será un paso más hacia la transparencia tan puesta en duda por aquellos que hacen gala imprudentemente de su poder de lobby o de…..Cristina, ¡cuantas cosas se hacen en tu nombre…!.
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